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CONV. 2019 PARA PROY. CIENT.TECN. INVEST. ATENCIÓN DE ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES (ECNT)
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CONVOCATORIA 2019 PARA PRESENTAR PROYECTOS CIENTÍFICOS, TECNOLÓGICOS Y/O DE INNOVACIÓN PARA LA ATENCIÓN A PROBLEMAS ESPECÍFICOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO RELACIONADOS CON LA INVESTIGACIÓN Y ATENCIÓN DE ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES (ECNT)

A Instituciones de Educación Superior Públicas y Particulares, Centros o Instituciones de Investigación Públicos o Privados a presentar solicitudes de apoyo de conformidad con lo establecido en la presente Convocatoria y en los Lineamientos que rigen los Proyectos Científicos, Tecnológicos y de Innovación de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 06 de junio de 2019, en lo subsecuente "Lineamientos".

La presente Convocatoria está a cargo de la Dirección General de Ciencia, Divulgación y Transferencia del Conocimiento adscrita a la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México.

Todas las solicitudes de apoyo estarán sometidas a procesos de evaluación, selección, formalización, seguimiento y auditoría, en términos de la normativa aplicable vigente y deberán regirse por las siguientes:

 BASES

I. Requisitos Para participar en esta Convocatoria, las personas aspirantes tendrán que cumplir con los siguientes requisitos: 1. Atender al menos dos de los siguientes temas con incidencia en la Ciudad de México, en lo subsecuente “CDMX”:

a) Diabetes Mellitus Tipo 2.

b) Hipertensión Arterial Esencial.

c) Hiperglicemia.

d) Obesidad.

e) Enfermedad cardiaca isquémica.

f) Enfermedad renal crónica.

g) Otras comorbilidades.

2. Considerar preferentemente, en todas las propuestas, las siguientes actividades:

a) Incorporación de la población objetivo en el desarrollo del proyecto.

b) Formación de recursos humanos.

c) Divulgación de resultados.

d) Implementación de tecnologías probadas para la solución de la problemática correspondiente.

e) Revisión de bases de datos tecnológicas para la vigilancia tecnológica.

3. Proponer soluciones novedosas que contribuyan a incrementar el conocimiento y control de las ECNT, así como tener un impacto social y económico positivo.

4. Los grupos de trabajo deberán ser interdisciplinarios y considerar la participación de al menos dos instituciones diferentes, preferentemente de las instituciones pertenecientes a la Red ECOS.

5. La solicitud de apoyo deberá ajustarse al formato electrónico de captura disponible en la liga: https://www.convocatoria.sectei.cdmx.gob.mx y a los “Lineamientos”, los cuales se encuentran disponibles en: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/7b76d172a47c275362ba35684555e2c1.pdf.

6. Aceptar los términos y condiciones de la presente Convocatoria en la plataforma electrónica de la SECTEI.

II. Registro y Calendario

Los personas aspirantes deberán registrar las solicitudes de apoyo en la plataforma electrónica de la SECTEI, a la cual se accede a través de la siguiente liga electrónica: https://www.convocatoria.sectei.cdmx.gob.mx. En dicha plataforma electrónica, se deberá capturar la información requerida, así como adjuntar los documentos ahí señalados. Una vez capturada y enviada la solicitud de apoyo, las personas aspirantes obtendrán el acuse y folio electrónico de registro correspondiente.

No se aceptarán solicitudes incompletas, presentadas en forma extemporánea o en forma disímil a la establecida en el párrafo anterior.

III. Características y estructura de la Solicitud de Apoyo Las personas aspirantes deberán establecer una propuesta clara y precisa, en la que se especifique la problemática que se busca atender, la metodología a utilizar, así como una proyección del resultado que se espera obtener en beneficio de la CDMX.

1. La solicitud de apoyo deberá acompañarse de la siguiente documentación de la persona aspirante, según corresponda:

a) Acta Constitutiva de la persona moral, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o documento de creación, según corresponda.

b) Cédula de Identificación Fiscal.

c) Comprobante de domicilio fiscal con antigüedad no mayor a tres meses (únicamente se aceptarán recibo de predio, luz, agua o teléfono).

d) Poder Notarial de la persona Representante Legal o Apoderada Legal, o el documento que acredite de manera fehaciente que cuenta con facultades de representación. e) Identificación oficial vigente de la persona Representante Legal o Apoderada Legal (Credencial de Elector o Pasaporte con huella digital testada).

f) Carta de interés del sector salud de la CDMX.

g) Carta de compromiso de colaboración entre las instituciones participantes.

h) Protocolo del Proyecto, firmado por la persona Responsable Técnica.

2. Documentación requerida de la persona Responsable Técnica:

a) Identificación oficial vigente (Credencial de Elector o Pasaporte con huella digital testada)

b) Clave Única de Registro de Población (CURP).

c) Cédula de Identificación Fiscal. d) Curriculum Vitae.

e) Comprobante de domicilio con antigüedad menor a tres meses (únicamente se aceptarán recibo de predial, luz, agua o teléfono).

 3. Proponer soluciones novedosas que contribuyan a incrementar el conocimiento y control de las ECNT, así como tener un impacto social y económico positivo.

4. Los grupos de trabajo deberán ser interdisciplinarios y considerar la participación de al menos dos instituciones diferentes, preferentemente de las instituciones pertenecientes a la Red ECOS.

5. La solicitud de apoyo deberá ajustarse al formato electrónico de captura disponible en la liga: https://www.convocatoria.sectei.cdmx.gob.mx y a los “Lineamientos”, los cuales se encuentran disponibles en: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/7b76d172a47c275362ba35684555e2c1.pdf.

6. Aceptar los términos y condiciones de la presente Convocatoria en la plataforma electrónica de la SECTEI.

II. Registro y Calendario

Los personas aspirantes deberán registrar las solicitudes de apoyo en la plataforma electrónica de la SECTEI, a la cual se accede a través de la siguiente liga electrónica: https://www.convocatoria.sectei.cdmx.gob.mx. En dicha plataforma electrónica, se deberá capturar la información requerida, así como adjuntar los documentos ahí señalados. Una vez capturada y enviada la solicitud de apoyo, las personas aspirantes obtendrán el acuse y folio electrónico de registro correspondiente.

No se aceptarán solicitudes incompletas, presentadas en forma extemporánea o en forma disímil a la establecida en el párrafo anterior.

III. Características y estructura de la Solicitud de Apoyo Las personas aspirantes deberán establecer una propuesta clara y precisa, en la que se especifique la problemática que se busca atender, la metodología a utilizar, así como una proyección del resultado que se espera obtener en beneficio de la CDMX.

1. La solicitud de apoyo deberá acompañarse de la siguiente documentación de la persona aspirante, según corresponda:

a) Acta Constitutiva de la persona moral, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio o documento de creación, según corresponda.

b) Cédula de Identificación Fiscal.

c) Comprobante de domicilio fiscal con antigüedad no mayor a tres meses (únicamente se aceptarán recibo de predio, luz, agua o teléfono).

d) Poder Notarial de la persona Representante Legal o Apoderada Legal, o el documento que acredite de manera fehaciente que cuenta con facultades de representación.

e) Identificación oficial vigente de la persona Representante Legal o Apoderada Legal (Credencial de Elector o Pasaporte con huella digital testada).

f) Carta de interés del sector salud de la CDMX. g) Carta de compromiso de colaboración entre las instituciones participantes. h) Protocolo del Proyecto, firmado por la persona Responsable Técnica.

2. Documentación requerida de la persona Responsable Técnica:

a) Identificación oficial vigente (Credencial de Elector o Pasaporte con huella digital testada)

b) Clave Única de Registro de Población (CURP).

c) Cédula de Identificación Fiscal.

d) Curriculum Vitae.

e) Comprobante de domicilio con antigüedad menor a tres meses (únicamente se aceptarán recibo de predial, luz, agua o teléfono).

3. El Protocolo del Proyecto en formato PDF deberá incluir:

a) Datos de la persona responsable técnica y administrativa, así como de la persona representante legal.

b) Antecedentes.

c) Justificación.

d) Objetivos.

e) Metodología.

f) Descripción de indicadores de impacto y valor de línea base.

g) Descripción de las actividades a desarrollar.

h) Productos a entregar.

i) Calendario de actividades, del ejercicio de los recursos y de la entrega de productos.

IV. Programación presupuestal El monto destinado por proyecto será de hasta $1,000,000.00 (UN MILLÓN DE PESOS 00/100 MN), el cual estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria de la SECTEI, y será entregado conforme a lo que se estipule en el instrumento jurídico que se suscriba entre la SECTEI y el Sujeto de Apoyo.

El plazo para la ejecución y conclusión de los proyectos será de hasta 12 meses. 

V. Rubros elegibles

El periodo de ejecución para cada rubro financiable será a partir de la fecha de ministración del recurso y finalizará conforme al calendario establecido en el Convenio que para el efecto se suscriba, en lo subsecuente “Convenio”. Si por necesidades del desarrollo del proyecto se requiere realizar transferencias entre las partidas, se deberán solicitar con anticipación para su autorización, incluyendo la justificación respectiva. Durante la vigencia del Convenio sólo se autorizará un máximo de tres movimientos o transferencias entre partidas.

Es obligación de las personas responsables administrativas asegurar el apego de los gastos de acuerdo con los rubros financiables, así como verificar que los comprobantes de gastos presentados cumplan con los requisitos fiscales, cuando el caso aplique. Los rubros financiables en la presente convocatoria son:

1. GASTO CORRIENTE: Las erogaciones realizadas para la compra de los bienes y servicios de consumo inmediato indispensables para el desarrollo de los proyectos; deberán contar con comprobantes fiscales digitales que cumplan con los requisitos fiscales (PDF, XML y su verificación ante el SAT).

a) Materiales de consumo de uso directo: Se entenderá por estos a los materiales de impresión y reproducción, estadístico y geográfico, consumibles para el procesamiento en equipos y bienes informáticos, productos, materiales, accesorios y suministros médicos, químicos, farmacéuticos y de laboratorio, seres vivos no humanos, energéticos y combustibles.

b) Herramientas, refacciones y accesorios menores: Incluye refacciones y accesorios para todo tipo de aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio no inventariables.

c) Gastos de capacitación: A participantes en el proyecto dentro de la vigencia del mismo y sobre los temas que resulten indispensables para el proyecto, con reconocimiento oficial.

d) Propiedad Intelectual: Gastos relacionados con la gestión de la propiedad intelectual (propiedad industrial y derechos de autor) nacional o internacional, indispensable para proteger los resultados del proyecto, redacción de patentes, gestiones y trámites, gastos legales, pagos de derechos, diseño de estrategia de propiedad.

e) Material de difusión: Publicaciones y materiales requeridos para transferir, asimilar, divulgar y difundir los resultados del proyecto. El rubro no podrá sobrepasar el 10% del total del monto asignado al proyecto.

f) Servicios especializados externos: Pago por servicios externos especializados indispensables para el desarrollo del proyecto: Universidades, Instituciones de Educación Superior, Institutos y Centros de Investigación y Desarrollo, Empresas de Ingeniería y/o Consultoría Especializada, Laboratorios nacionales o extranjeros, consultoría en negocios de base tecnológica y transferencia tecnológica, diseño industrial, prototipo y pruebas de concepto, estudios comparativos, entre otros, son servicios que no pueden ser desarrollados por el Sujeto de Apoyo y participantes del proyecto. Todos los servicios sin excepción, deberán de cumplir con lo dispuesto en la normativa local y federal aplicable.

i. No se podrá hacer uso de los recursos asignados en esta partida para pagar a personal adscrito laboralmente al Sujeto de Apoyo, ni para el pago a cualquiera de los responsables o participantes del proyecto.

ii. Las contrataciones deberán estar vinculadas al cumplimiento del objeto del Convenio, por lo que se deberá presentar la justificación debidamente fundada y motivada, así como el soporte documental solicitado por la SECTEI, entre ellos el plan de trabajo, Curriculum Vitae para el servicio contratado y la evidencia de sus actividades conforme a los entregables y temporalidad acordada. Se deberá anexar al informe técnico y un reporte de actividades de los profesionales contratados.

iii. Será responsabilidad del Sujeto de Apoyo que todas las contrataciones sean llevadas a cabo con legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia y rendición de cuentas al amparo de la normativa vigente.

iv. El rubro no podrá sobrepasar el 30% del total del monto asignado al proyecto.

v. Deberá anexarse los comprobantes fiscales de los servicios contratados, de los pagos de impuestos que procedan, así como los reportes de impuestos a la autoridad competente. 

g) Gasto de auditoría del informe financiero final: Gasto por la contratación del despacho externo para la opinión del informe financiero final, cuyos honorarios se encuentren dentro del mercado de manera razonable y comparable, conforme a lo establecido en cada Convocatoria.

h) Software y sistemas de información: Pago por el uso y/o licenciamiento de herramientas informáticas relacionadas directamente con la ejecución del proyecto o para el funcionamiento del equipo adquirido. No incluye software administrativo ni herramientas informáticas que no estén relacionados directamente con el desarrollo del proyecto.

i) Apoyo a estudiantes asociados al proyecto: Estudiantes inscritos en alguna Institución y que desean obtener algún grado académico a través de su participación en el proyecto. El apoyo económico a los estudiantes deberá ser directo, acreditando el gasto a través de un comprobante, copia de la transferencia bancaria/cheque y copia de la credencial de la Institución Educativa, el cual formará parte de un expediente en custodia del Sujeto de Apoyo, que de forma enunciativa más no limitativa deberá contener lo siguiente:

i. Plan de trabajo del estudiante.

ii. Nivel de escolaridad.

iii. Calificaciones.

iv. Periodo en que se le otorgará el apoyo.

v. Comprobante de inscripción vigente.

vi. Copia del acta de nacimiento.

vii. Copia de identificación oficial.

viii. Declaración por parte la persona estudiante de que no recibe beca de ninguna otra Institución u Organismo, con el visto bueno del responsable técnico del proyecto.

ix. Para determinar los montos de los apoyos se podrá tomar como base los tabuladores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología: Licenciatura (último año) hasta 2 UMA; Especialidad/Maestría: hasta 4 UMA; Doctorado: hasta 6 UMA.

j) Viáticos y pasajes: Gastos inherentes al trabajo de campo, aquellos necesarios para la ejecución del proyecto, realizados por el grupo de trabajo. Se pagarán los siguientes tipos de pasajes: boletos de avión, autobús o ferrocarril (únicamente en clase turista/económica en todos los casos). No pueden exceder el monto diario otorgado para viáticos y gastos de representación por el Gobierno de la Ciudad de México. Se requiere estar debidamente justificado y previa aprobación por parte de la SECTEI. El rubro no podrá sobrepasar el 10% del total del monto asignado al proyecto.

2. GASTO DE INVERSIÓN: Erogaciones realizadas para adquirir bienes de capital (equipamiento), que sean requeridos para el desarrollo del proyecto. Todo deberá contar con comprobantes fiscales digitales que cumplan con los requisitos fiscales (PDF, XML y su verificación ante el SAT).

a) Rubros elegibles:

i. Software y sistemas de información: Adquisición de herramientas informáticas relacionadas directamente con la ejecución del proyecto o para el funcionamiento del equipamiento adquirido. No incluye software administrativo ni herramientas informáticas que no estén relacionados directamente con el desarrollo del proyecto.

ii. Bienes informáticos: Adquisición de servidores, computadoras, impresoras, scanner, multifuncionales, procesadores debidamente justificado de su uso y enajenación. No incluye consumibles o refacciones para equipo de cómputo ni medios de almacenamiento externo.

iii. Equipo de laboratorio: Adquisición de equipo e instrumental de laboratorio utilizados estrictamente para el desarrollo del proyecto.

iv. Maquinaria, equipos y herramientas: Adquisición para uso agropecuario, industrial, construcción, de comunicaciones y telecomunicaciones y demás equipo eléctrico y electrónico, en el desarrollo del proyecto. Incluye la adquisición de herramientas y máquinas-herramientas. No se incluyen refacciones correspondientes a este concepto.

v. Mobiliario y equipo de administración: Adquisición de sillas, mesas, libreros, anaqueles, archiveros, los cuales deberán ser necesarios para el cumplimiento del proyecto y encontrarse en el Anexo Técnico.

b) RUBROS NO ELEGIBLES:

No serán elegibles para apoyo los siguientes gastos: 

 i. Gastos relacionados con tareas operativas (papelería, mensajería, publicidad, etc.).

ii. Las comisiones bancarias o comisiones por uso y manejo de cuenta.

iii. Gastos financieros, intereses, gastos por transferencias bancarias.

iv. Gastos ya financiados en otro proyecto.

v. Pérdidas cambiarias.

vi. Multas o recargos fiscales.

vii. Seguros.

viii. Pago a socios, filiales, sucursales, franquicias del Sujeto de Apoyo.

ix. Pago de nóminas, sueldos y salarios, sobresueldos, prestaciones, entre otros.

x. Prestación de servicios de contabilidad.

xi. No se podrán realizar gastos que no sean acorde al objeto del Convenio ni enajenarse equipo, instrumentos, muebles, etc.

xii. Por ningún motivo se autoriza la adquisición de inmuebles.

xiii. Adquisición de vehículos cuando no sean acordes al objeto del Convenio.

xiv. No aplica la recuperación de inversiones previas.

xv. Inversiones.

https://www.sectei.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Convocatoria_2019_enfermedades_cronicas_no_transmisibles/SALUD%20GACETA.pdf

 

FECHA LÍMITE EN LA CSGCA:  16 DE  AGOSTO DE 2019
 
FECHA LÍMITE PARA LA ENTREGA DE LAS PROPUESTAS VÍA ELECTRÓNICA EN LA SECTEI: 23 de agosto de 2019 a las 18:00 horas (tiempo del Centro de México)

 

 
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