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Premio Nacional de Protección Civil 2008

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la Secretaría de Gobernación, a través del Consejo de Premiación correspondiente al Premio Nacional de Protección Civil, de conformidad con los artículos 1º, 2º, 3º, 5º, 6º fracción XII, 8º, 19, fracciones I, II y VII, 24 y 101 al 105 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.
A los integrantes del Congreso de la Unión, a los integrantes de los Congresos de los Estados de la Federación y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los integrantes de los poderes judiciales de la Federación y de las entidades federativas, a los ayuntamientos, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, a las organizaciones obreras, campesinas, populares y empresariales, a las instituciones y asociaciones de servicio social, a las instituciones educativas, a los colegios y asociaciones profesionales y, en general, a todas las personas e instituciones que tengan residencia legal en el país, para que propongan a este Consejo, a quien o quienes se estime con merecimientos para recibir el "Premio Nacional de Protección Civil 2008".

Para mayores informes favor de consultar:

http://www.proteccioncivil.gob.mx/premionacional/bases_premio_2008.pdf

 
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