CSGCA - CIC - UNAM

PREMIO NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL 2011

 

PREMIO NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL 2011

 

El Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, por conducto de la Secretaría de Gobernación, a través del Consejo de Premiación correspondiente al Premio Nacional de Protección Civil, de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 5, 6 fracción XII, 8, 19, fracciones I, II y VII, 24 y 101 al 105 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

 

A los integrantes del Congreso de la Unión, a los integrantes de los Congresos de los Estados de la Federación y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los integrantes de los poderes judiciales de la Federación y de las entidades federativas, a los ayuntamientos, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a los gobiernos estatales y del Distrito Federal, a las organizaciones obreras, campesinas, populares y empresariales, a las instituciones y asociaciones de servicio social, a las instituciones educativas, a los colegios y asociaciones profesionales y, en general, a todas las personas e instituciones que tengan residencia legal en el país, los convoca para que propongan a este Consejo, a quien o quienes estimen con merecimientos suficientes para recibir el "Premio Nacional de Protección Civil 2011", de acuerdo con las siguientes:

  

B A S E S

 

Primera. En los términos del artículo 103 de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, los dos campos de este Premio, en los que se puede participar individual o colectivamente, son los siguientes:

 

I.- La prevención, por las medidas que se consideren de relevancia en materia de cultura de la protección civil, y

 

II.- La ayuda, por las acciones que se hayan llevado a cabo en las tareas de auxilio a la población en caso de desastre.

 

Segunda. La elección de las candidaturas, por campo, se realizará de conformidad con la

clasificación siguiente:

 

I. La prevención, destinado para aquellas personas o grupos que representen un ejemplo para la comunidad por su esfuerzo en acciones o medidas de autopreparación y autoprotección para enfrentar los fenómenos naturales o de origen humano que pongan a la población en situación de peligro o de riesgo, incluyendo la generación y difusión de conocimientos y técnicas novedosas y efectivas que permitan alertar y proteger a la población frente a dichos fenómenos.

 

II. La ayuda, destinado para aquellas personas físicas de manera individual o en grupo o personas morales, que se signifiquen por su labor ejemplar en la ayuda a la población ante la eventualidad de un desastre.

 

http://www.cenapred.unam.mx/es/DocumentosPublicos/SINAPROC/Bases%20Premio%202011%20V-2%20CGPC.pdf

 

FECHA LIMITE EN LA CSGCA: 10 DE JUNIO DE 2011 
FECHA LIMITE EN LA COORDINACIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL:  10 DE JUNIO DE 2011
 
< Anterior   Siguiente >